
La Dirección General de Contratación Públicas (DGCP) decidió «suspender de oficio», el Procedimiento de Excepción por Urgencia Núm. AYUNTAMIENTO STGO-MAE-PEUR-2023-0001, llevado a cabo para el «Servicio de recolección de los desechos sólidos en todo el municipio de Santiago» por la suma de RD$1,683,654,280.896.
Indicó que la suspensión se adoptó al comprobarse el uso incorrecto de la modalidad del procedimiento de selección, la falta de motivación que justifica el uso de dicha excepción, así como las debilidades respecto al pliego de condiciones específicas.
Precisó que ante esas comprobaciones, «de consentirse su continuación, implicaría una violación al debido proceso que rige estos procedimientos especiales de contratación».
En un segundo dictamen, la DGCP indicó que para fines de cumplimiento de la decisión, remitió la decisión al área a cargo del monitoreo preventivo de la Dirección, a través del Portal Transaccional que administra el Órgano Rector, de forma inmediata a la emisión del presente acto administrativo.
Y consignó que hizo la remisión formal del acto al Ayuntamiento Santiago de Los Caballeros para su conocimiento y los fines de lugar.
Posterior a la decisión de Contrataciones Públicas, este lunes el Comité de Compras y Contrataciones del Ayuntamiento de Santiago canceló el proceso de licitación de urgencia para contratar servicios de recogida de basura en todo el municipio.
De acuerdo con el acta de cancelación, la convocatoria e invitación formal a participar en el proceso fue publicado en el Portal Transaccional del Órgano Rector, el pasado 8 de noviembre. Luego, en fecha del 13 de noviembre del presente año el Departamento de Monitoreo de la Dirección General de Compras y Contrataciones, notificó al Ayuntamiento de Santiago, una serie de observaciones.
«ÚNICO. Cancelar acogiendo las observaciones remitidas por ustedes por recomendación de la unidad de monitoreo preventivo de la Dirección General de Compras y Contrataciones, en atención a la del proceso de Comparación de Precios para la Contratación de Servicio de Recolección de los Desechos Sólidos en todo el municipio de Santiago (REFERENCIA: AYUNTAMIENTO DE STGO-MAE-PEUR-2023-0001)», establece el acta administrativa del Comité.
Entre las observaciones está la falta de justificación de la urgencia, sin embargo, el Comité considera «que ese punto es válido, debido a que ocurrió un imprevisto con las unidades recolectoras, las cuales salieron de servicio, lo que provocó un aumento en las cuotas disponibles para el pago de la recolección privada, por tanto, las causales del numeral 3 del artículo 3 del Reglamento 543/12 aplican perfectamente».
El artículo 101 del Reglamento 543-12 para la Aplicación de la Ley 340-06 (de Compras y Contrataciones) dispone que «las Entidades Contratantes deberán publicar oportunamente en el Portal Administrado por el Órgano Rector y en el Portal Institucional, los resultados de sus procesos de compra o contratación. Asimismo, deberán publicar la resolución fundada que declare la declaración de desierto del procedimiento».
Fuente: Diario Libre.