
El juez del Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de Santiago, Joob García, dictó una garantía económica ascendente a RD$8 millones como medida de coerción real contra representantes del Colegio Leonardo Da Vinci y de la Hacienda Los Caballos, vinculados al proceso judicial por la muerte de la niña Stephora Anne-Mirzie Joseph durante una excursión escolar realizada en noviembre de 2025.
La disposición alcanza a la Asociación Leonardo Da Vinci Incorporado, a su presidente Eduardo Rafael Esteves Bretón, al director académico Freddy Núñez y a los propietarios de la Hacienda Los Caballos, escenario donde ocurrió el hecho que provocó el fallecimiento de la menor.
Tras concluir la audiencia, el abogado de la familia de Stephora, Miguel Díaz, manifestó que el tribunal acogió parcialmente los pedimentos formulados por la parte querellante, pese a que —según afirmó— el Ministerio Público se opuso a varias de las solicitudes presentadas.
“El Ministerio Público sostuvo que las víctimas no tenían facultad para requerir medidas de coerción y que únicamente el órgano acusador podía hacerlo”, expresó el jurista al ofrecer declaraciones a la prensa.
Díaz explicó que el magistrado reconoció el derecho de las víctimas a promover este tipo de solicitudes y declaró, mediante control difuso, la inconstitucionalidad del artículo 232 del Código Procesal Penal, sustentándose en precedentes emitidos por el Tribunal Constitucional.
Asimismo, cuestionó la postura asumida por el Ministerio Público, al considerar que intentó desvincular tanto al centro educativo como a la hacienda de los hechos investigados.
“Se pretendía establecer que ni el colegio ni la hacienda tenían responsabilidad alguna, pese a que fue al colegio donde la madre entregó a la menor y precisamente en la Hacienda Los Caballos donde ocurrió la tragedia”, sostuvo el abogado.
El representante legal indicó que el tribunal determinó que tanto los representantes del centro educativo como los propietarios de la hacienda deben permanecer sometidos al proceso judicial debido a la posible existencia de responsabilidad penal y civil derivada del caso.
Aunque los querellantes solicitaron medidas más gravosas, el juez rechazó imponer prisión preventiva y autorizó que los imputados enfrenten el proceso en libertad.
Según explicó Díaz, el tribunal valoró que varios de los involucrados acudieron voluntariamente a la audiencia, incluso algunos que se encontraban fuera del país.
El abogado aclaró que la garantía económica impuesta no supone encarcelamiento inmediato, sino una afectación provisional sobre bienes muebles e inmuebles de los imputados mientras continúan las investigaciones y el proceso judicial.
El caso ocurrió el 14 de noviembre de 2025, cuando la niña Stephora Anne-Mirzie Joseph, de 11 años, falleció ahogada en una piscina de la Hacienda Los Caballos, ubicada en el sector Gurabo, Santiago, durante una excursión organizada por el Colegio Leonardo Da Vinci.
La menor integraba un grupo de estudiantes destacados que había sido premiado con una actividad recreativa en reconocimiento a su desempeño académico.
Previamente, el 11 de diciembre de 2025, el tribunal había impuesto presentación periódica y garantía económica de RD$500 mil contra Francisca Josefina Tavárez Vélez, Vilma Altagracia Vargas Morel e Yris del Carmen Reyes Adames, relacionadas con el área administrativa del plantel educativo.
En esa etapa del proceso, el Ministerio Público tipificó provisionalmente los hechos como homicidio involuntario, abandono y maltrato infantil, bajo los artículos 319 y 351-2 del Código Penal Dominicano y el artículo 14 de la Ley 136-03 sobre protección de niños, niñas y adolescentes.