Senado estudia posible eliminación de candidaturas independientes en la Ley Electoral

Escrito por Redacción

Santo Domingo.– El Congreso Nacional discute con seriedad la posibilidad de eliminar de la Ley Electoral las disposiciones relacionadas con las candidaturas independientes.

El argumento jurídico central de esta propuesta es que la Constitución dominicana no contempla expresamente las candidaturas independientes, ya que establece a los partidos políticos como el canal institucional para la elección de cargos congresuales, municipales y presidenciales.

Esta discusión ha cobrado fuerza tras la emisión de la Sentencia 0788-24 del Tribunal Constitucional, que ordena a la Junta Central Electoral (JCE) garantizar, por vía administrativa, la participación de candidatos independientes, a pesar de que la ley no establece claramente el procedimiento para ello, aunque sí reconoce su existencia.

La intención de suprimir esta figura de la ley es tan seria que, en la sesión ordinaria del Senado del pasado martes, los legisladores votaron para retirar de la Comisión de Justicia un proyecto que buscaba precisamente ese objetivo. La iniciativa fue presentada por el senador Rogelio Genao, quien aseguró que la inclusión de las candidaturas independientes en la Ley Electoral 20-23 fue un error, ya que, al no estar previstas en la Constitución, podrían ser eliminadas sin inconvenientes.

Según Genao, algunos jueces del Tribunal Superior Electoral avalaron esa posición, por lo que solicitó que el proyecto fuera conocido de inmediato. Sin embargo, una intervención estratégica del presidente del Senado, Ricardo de los Santos, junto al senador Cristóbal Venerado Castillo, logró frenar su votación al argumentar que una decisión de tal magnitud requería consenso con la Cámara de Diputados.

Lo que algunos senadores califican como un “error” se encuentra plenamente desarrollado en la Ley 20-23, específicamente en el Capítulo III, que abarca los artículos 156, 157 y 158, además de cinco párrafos complementarios. Esta sección permite la postulación de candidaturas independientes a nivel nacional, provincial, municipal y del Distrito Nacional, a través de agrupaciones políticas temporales. También se establecen plazos y mecanismos similares a los de los partidos, sin que sea necesario pertenecer a uno de ellos.

Compartir

SEGUIR LEYENDO