
El Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional fijó para el próximo 14 de septiembre, a las 9:00 de la mañana, la lectura de la decisión sobre las solicitudes de extinción de la acción penal por vencimiento del plazo planteadas por varios de los imputados en el denominado caso Calamar.
El tribunal, presidido por la jueza Arlín Ventura e integrado además por Leticia Martínez Noboa y Evelyn Rodríguez, escuchó durante una audiencia los argumentos de las defensas y la posición del Ministerio Público antes de anunciar la fecha en que dará a conocer su decisión.
Los abogados de varios procesados, entre ellos Ángel Lockward, Claudio Silver Peña, Juan Tomás Polanco Céspedes, Agustín Mejía Ávila, Ramón David Hernández, Yahaira Brito Evangelista y Santiago Moquete Ortiz, solicitaron que se declare extinguida la acción penal, bajo el argumento de que la investigación y el proceso han sobrepasado el plazo máximo de cuatro años establecido por la legislación procesal penal.
La defensa de Lockward, representada por Carlos Escalante y Nolberto Rondón, fue de las primeras en formular el pedimento y sostuvo que las medidas de inmovilización de fondos impuestas a su cliente desde febrero de 2022 llevan más de cuatro años y ocho meses vigentes, sin que exista una decisión definitiva sobre el proceso.
Los juristas consideran que, una vez comprobado el vencimiento del plazo legal, el tribunal tiene la obligación de declarar la extinción de la acción penal, incluso de oficio.
Ministerio Público rechaza extinción
La titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), Mirna Ortiz, acompañada por el director de Persecución del Ministerio Público, Wilson Camacho, pidió al tribunal rechazar las solicitudes formuladas por las defensas.
Ortiz sostuvo que el vencimiento del plazo de duración de un proceso penal no puede determinarse mediante un cálculo automático, sino que requiere ponderar las circunstancias particulares del expediente, así como las razones que hayan provocado eventuales retrasos.
La representante del Ministerio Público citó precedentes de la Suprema Corte de Justicia y del Tribunal Constitucional para argumentar que los tribunales deben examinar y motivar las causas de las dilaciones antes de disponer la terminación de un proceso. Según explicó, el simple transcurso del tiempo no constituye por sí solo una razón suficiente para extinguir una causa penal.
Defensa de Donald Guerrero apela
Mientras el tribunal analiza los pedimentos formulados en el juicio, la defensa del exministro de Hacienda Donald Guerrero también procura que se declare extinguida la acción penal en su contra.
La abogada María del Pilar Zuleta informó que presentó un recurso ante la Segunda Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional contra la decisión del Cuarto Juzgado de la Instrucción, que rechazó anteriormente la solicitud y dispuso que Guerrero fuera enviado a juicio de fondo.
La defensa sostiene que el cómputo del proceso contra el exfuncionario comenzó el 22 de noviembre de 2020, cuando la Procuraduría General de la República dispuso una alerta migratoria a solicitud de la procuradora general Yeni Berenice Reynoso.
A juicio de Zuleta, desde esa fecha han transcurrido casi seis años, por encima del límite de cuatro años previsto en la normativa procesal penal, razón por la que solicitó a la Corte de Apelación revisar nuevamente el pedimento de extinción.